Desde que se empezó a popularizar el uso de las inteligencias artificiales, muchos han advertido que, algunas, violan los derechos de propiedad intelectual, pues no ofrece créditos sobre la autoría del contenido que comparte y "ha aprendido".
El parlamento europeo a comenzado a marcar las pautas del primer reglamento europeo para regularizar este tipo de herramientas. Esta normativa trata, sobre todo, de limitar su poder.
Categorización por riesgo
La categorización de estas plataformas se centra en el uso del tratamiento de los datos, no tanto en la propia estructura de la IA.
En este reglamento en el que prevención y la protección de dato se dan la mano, se dividen a los usos de las inteligencias en dos niveles:
Inaceptable/prohibido
- Aquellas que realicen una manipulación cognitiva del comportamiento de las personas (juguetes activados por voz).
- Aquellas destinadas a segmentar a la población por su comportamiento, status social o características físicas, es decir, social scoring.
- Aquellas que se utilicen para la identificación biométrica en tiempo real y a distancia en espacios públicos.
Alto riesgo
Estos no están prohibidos pero, dado el alto riesgo que puede suponer el tratamiento de los datos, las IAs destinadas a ello tendrán que cumplir con gran cantidad de requisitos, cumplir con un exigente sistema de documentación y se exigirá, en primera instancia, que siempre cuente con una supervisión humana. Dentro de esta categoría están:
- Los sistemas de navegación (aviones, coche…) y maquinaria.
- Los destinados a influir en campañas política.
- Los que ofrecen sugerencias de contenido en redes sociales.
El problema de este grupo de IAs es que, en la propia propuesta del reglamento, en su art.6, la organización responsable de la plataforma deberá reconocer que existe un riesgo en el tratamiento de estos datos.
Garantía en materia de protección de datos
Más que hablar de protección de la propiedad intelectual, en la propuesta se habla de "transparencia", es decir, "pide publicar resúmenes de los datos protegidos por derechos de autor que fueron utilizados para el entrenamiento, para que los titulares de esos derechos puedan reclamarlos a través de vías legales en la UE.
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