El Compliance se abre paso en los clubs deportivos

El Compliance se abre paso en los clubs deportivos

01/06/2022 09:42
Los clubes deportivos son cada vez más conscientes de la necesidad de implantar un programa de cumplimiento normativo en sus instituciones

Puede que el ‘compliance’ los asociemos más a empresas u otro tipo de organizaciones. Gerardo Siguero, abogado especialista en derecho deportivo de Zurbarán Abogados, advierte que “el compliance consume recursos tanto de dinero como de tiempo y esfuerzo. […] la coyuntura no es buena, y los clubes lo primero que quieren es sobrevivir.”, apunta el abogado que, aún así, augura que la implantación más generalizada en las entidades deportivas acabará llegando con el tiempo.

Más que requisito, una necesidad

Por desgracias, vemos como en medios de comunicación, aparecen noticas sobre abusos, de diferente índole, por parte entrenadores sobre sus jugadores, en la mayoría de los casos cuando aún son menores de edad. Estas desagradables situaciones, reavivan el debate sobre la necesidad de que las entidades deportivas cuenten con programas de compliance: según Manuel J. Martín, socio de Aledra Legal, “cada vez hay más conciencia entre este tipo de organizaciones sobre la conveniencia de establecer mecanismos de control para garantizar en la medida de lo posible el adecuado comportamiento de las personas que las integran”, afirma el experto en derecho deportivo.

A este respecto, Ana Gloria Rodríguez, socia fundadora de MYR Abogados, destaca que, en materia de compliance, se establecen protocolos para que “en ningún caso los y las deportistas menores de edad puedan permanecer a solas con una persona adulta más allá de lo que pueda ser un desplazamiento por las instalaciones”, describe la abogada.

Para que el establecimiento de este tipo de programas resulte un éxito, se debe adaptar y personalizar de acuerdo al funcionamiento e instalaciones del club, y que se informe y comunique a todas las personas implicadas, tanto empleados como jugadores, ya que solo así, se garantiza un comportamiento acorde de todos los miembros de la entidad, evitando las conductas inadecuadas y sus posibles consecuencias.

¿Dónde queda la responsabilidad del club?

Los sistemas de compliance no está reconocidos como un requisito obligatorio para las entidades deportivas, pero según los expertos en la materia, es una herramienta que se debería comenzar a utilizar, ya que la responsabilidad del club frente a algunas situaciones que sean constitutivas de delito, la responsabilidad del club vendrás determinada por la ausencia de una estructura de control interno sobre potenciales riesgos.

Sin embargo, José Antonio Torrado, abogado de Santiago Mediano Abogados , advierte que para determinados delitos contar con un modelo de prevención de riesgos penales no supone una atenuante o eximente para la entidad deportiva, como en un caso de abusos a menores, con un evidente impacto penal y reputacional, pero que el club cuente con este instrumento da tranquilidad a los miembros del club y a los padres que dejan a sus hijos confiados en la responsabilidad de la entidad deportiva y de sus miembros. 

¿Cuáles son otros delitos con los que, un sistema de compliance puede, “cubrir” al club?

  • Fraude Tributario.

Por ejemplo, como en el caso del fichaje de Neymar, donde el precio firmado por el fichaje del jugador brasileño, no coincidía con el pago en última instancia, para poder pagar menos impuestos. En este caso, con un sistema de compliance, el club estaría cubierto de responsabilidad.

  • Fraude de subvenciones públicas. 
  • Blanqueo de capitales. 
  • Delitos contra derechos de los trabajadores extranjeros. 
  • Dopaje. 

 

Fuente: 5Días

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