¡Miiiil eurossss! ¿Qué hago si me toca El Gordo?

¡Miiiil eurossss! ¿Qué hago si me toca El Gordo?

21/12/2021 14:06
Una de las pocas celebración que no se pudo llevar por delante el año pasado las restricciones por la pandemia del CoVid19, fue el sorteo extraordinario de la lotería de Navidad. Este año 2021, El Gordo de la Navidad tendrá un premio de 4 millones de euros a la serie, 400.000€ por décimo o 20.000€ por cada euro que hayas invertido en tu participación.

El sueño navideño de muchos, es levantarse un 22 de diciembre y descubrir que les ha tocado el Gordo del sorteo extraordinario de Navidad. Aunque también hay segundo, tercer, dos cuartos y ocho quintos premios, te recomendamos ser cauteloso en tus impulsos de agraciado.

Si compartes décimo PRECAUCIÓN

Con compañeros de trabajo, hermanos, amigos…aproximadamente, 3 de cada 4 españoles que juegan en este sorteo extraordinario, comparten algún décimo. Para evitar discusiones en el futuro te recomendamos que: la persona que guarde el décimo, envíe una fotografía en la que se vea claramente los números y que vaya adjunta con un mensaje en el que aparezca el nombre completo de la persona con la que se comparte y con la firma de la persona que lo va a guardar hasta la fecha del sorteo.

Y el premio, ¿en cuánto me queda?

Si resultas premiado por El Gordo, recibirás 328.000€ netos, es decir Hacienda te cobraá como tributo el 20% del premio.

¡¡NOVEDAD!! Por segundo año consecutivo, todos los agraciados que tengan un premio inferior a 40.000€ están exentos de pagar el 20% del premio como tributo.

Además, este año también hay actualizaciones en la modalidad de cobro, ya que con premios de hasta 2.000€ se podrán reclamar por bizum, para todos aquellos participantes agraciados por 2.000€ o menos. Este grupo de premiados, y los que ganen hasta 2.500€, podrán cobrar su premio a partir del día siguiente al sorteo en cualquier administración de loterías, pero si el premio es superior a 2.500€, el premio tendrá que  cobrarse en cualquier entidad bancaria habilitada con por el SELAE.

¡Ojo con las participaciones!

Si en tu empresa se han repartido participaciones de un décimo, recuerda que no podrás ir a cobrarlo a título personal ni a una administración de loterías o entidad bancaria, ya que solo la persona que porta el décimo será la encargada de cobrarlo. 

¿Cómo declaro mi premio?

La forma de declarar cualquier premio, depende de si lo vas a hacer a título personal o a través de una empresa:

  • A título personal, deberás hacerlo figurar como derecho de cobro adquirido el 22 de diciembre. 
  • Si lo haces a través de una empresa, tienes que declararlo como ganancia en el impuesto de sociedades e igual que la persona física, deberás pagar la retención del 20%.
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